TECNOLOGÍA SIN REGULACIÓN

El peligro del “Periodismo Dron”

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El pasado 15 de septiembre un grupo de jóvenes que celebraban con cerveza el paso del desfile y la banda de guerra del colegio San Sebastián, lanzaron una lata de cerveza para derribar el dron de Prensa Libre y causaron daño al equipo, acción que dejaba ver que la nave no tripulada volaba a muy baja altura sobre la gente.

 

 

Por otro lado, el dron del medio digital Soy502 fue robado durante la masiva marcha de protesta celebrada el 27 de Agosto denominada #27A cuando volaba a una altura que permitió ser alcanzado por una persona.

 

Dron_soy502_Guatemala

 

La pregunta es siguiente: ¿es una acción responsable hacer que un aparato de estas características vuele a tan baja altura sobre una manifestación?

En España volar un dron sobre espacios donde haya aglomeraciones de personas que ponga en peligro la integridad de las mismas, puede generar multas de hasta 225.000 Euros. Pero las multas abarcan muchas más limitaciones como son:

  • No se pueden volar en zonas urbanas.
  • No se pueden volar sobre aglomeraciones de gente (parques, playas, conciertos, etc.)
  • No se pueden volar de noche.
  • No se pueden volar cerca de aeropuertos u otras zonas donde se realicen vuelos con otras aeronaves a baja altura.
  • No se puede poner en peligro a terceros.

Hace unos años, en medio de la presentación de la cantante estadounidense Joan Jett en el Festival Lollapalooza, un octocóptero (nave aérea de ocho hélices y de un peso aproximado de nueve kilos) que realizaba tomas del concierto para una productora, cayó sobre el escenario a centímetros de la vocalista sin consecuencias.

Pero Enrique Iglesias no contó con la misma suerte que Joan Jett, ya que mientras ofrecía un concierto en México este año, las hélices de un dron le causaron cortes y fracturas en dos de sus dedos, debiendo ser operado en una intervención quirúrjica que duró más de cuatro horas.

 

Enrique-Iglesias_Dron

 

El estado de California anunció que pondrá límites al uso de drones por parte de los paparazzi mediante una ley que busca considerarlo un delito. Esta ley es la AB 856 y fue aprobada por unanimidad en el Senado y la Asamblea de California en el pasado mes de agosto y había quedado a la espera de la rúbrica final del gobernador.

 

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Según lo publicado por Prensa Libre el 9 de Abril de 2015, para operar un dron en Guatemala hay que cumplir con el reglamento RAC-101 (Regulación de aeronaves no tripuladas, aeronaves de modelismo y fuegos artificiales).

La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) puede sancionar el uso indebido de estos aparatos de acuerdo con lo especificado en la Ley de Aviación Civil vigente. Las multas por operar un dron de forma irregular va de los Q1 mil 200 hasta los Q300 mil.

La DGAC, sin embargo, reconoce que no tiene la capacidad ni recursos para detectar y detener a las personas que infrinjan la ley y el reglamento.

 

Por GTMTecno.com

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